
Nadie en lo absoluto puede negar que la seguridad pública constituye el reclamo número uno en la lista de prioridades de los ciudadanos, hoy por hoy es el principal problema de autoridades y Gobierno en general.La delincuencia en todos sus niveles y manifestaciones es el azote moderno que flagela a los conglomerados humanos. Consecuencia inevitable de la concurrencia de múltiples factores de índole social, familiar, mental, moral, cultural y económica.
Debemos reconocer que hay problemas muy acentuados y constantes de diferentes ilícitos en nuestra ciudad, que merecen la atención inmediata de las fuerzas policíacas, para que los ciudadanos tengamos tranquilidad y se respeten sus derechos, los que todo ser humano debe tener, que también son prioritarios.
Con el fin de buscar confianza en los centros turísticos de Sonora, consistente en la presentación por Ley de su identificación personal, al hospedarse en los Hoteles y Moteles les manifiesto lo siguiente:
En el actual, Bando de Policía y Gobierno, concretamente en el Articulo 60. - Dice: Los propietarios, administradores o encargados de los hoteles, moteles, casas de huéspedes, y hospederías en general, tienen las siguientes obligaciones:
- Tener un registro del movimiento diario de huéspedes, con indicación de nombre, procedencia, domicilio, nacionalidad, fecha y hora de su ingreso y salida, y en su caso los datos relativos al vehículo de transporte utilizado.
II.- Remitir una copia del registro a que se refiere la fracción anterior, a solicitud de la Dirección de Seguridad Pública Municipal y a través del Jefe o comandante en turno de la Policía Preventiva y Tránsito Municipal.
III.- Comunicar de inmediato a la Policía Preventiva y Tránsito Municipal, cuando sospeche que alguno de sus huéspedes es prófugo de la Justicia o ha cometido algún acto delictivo.
IV.- Tomar las medidas necesarias para evitar en lo posible que dentro de sus establecimientos se cometan actos de carácter delictuoso; para ello deberán contar de manera permanente con el personal de vigilancia que sea necesario.
V.- Prestar auxilio inmediato y comunicar a las instancias correspondientes, en caso de que algún huésped se encuentre lesionado o padezca alguna enfermedad grave o contagiosa.
Es de suma importancia que las autoridades correspondientes exijan el cumplimiento de lo especificado en el Bando de Policía, dado a los hechos que ocurren con frecuencia en los hoteles de paso, y que las autoridades aprovechen las herramientas que les proporciona la Ley, con el fin de hacer más efectivo su trabajo .
El Ayuntamiento tiene facultades para verificar el debido cumplimiento, así como las tarifas autorizadas.
Así es que con lo anterior los señores dedicados a la hostería, no tienen porque objetar nada respecto a los preceptos de Ley, más cuando se trata del bien común.
Roberto Fleischer Haro egresado de la cuarta generación de la Escuela de Policía. Registro Nacional de Seguridad Pública FEHR440205H26223583 e. Mail rfleischer_44@hotmail.com