viernes, 5 de diciembre de 2008

Bando de Policía y Gobierno Articulo 155

Todos los ciudadanos capitalinos estamos al pendiente del quehacer de los señores regidores que conforman la comuna que preside el C. Ernesto Gandara Camou.
En el Municipio se tienen problemas solucionables como en cualquier otro, pero, la constante en materia de vialidad sigue creciendo, existe una anarquía vial, que no se ha podido o no se a querido controlar, ya no es posible señalar los problemas cotidianos ¿qué pasa, o que nos falta capacidad, don de mando, conocimiento en la materia, apoyo a la corporación de tránsito o somos conformistas con el desorden en que vivimos que nosotros mismos propiciamos?.
Como es posible que los ciudadanos exijamos atención a los llamados de auxilio si somos parte del problema, en el sentido de dejar nuestros vehículos de tracción mecánica sobre las banquetas, a medio entrar en las cocheras, en sentido contrario y los ciudadanos caminando por el arrollo de la calle, poniendo en riesgo su vida, aunado a la falta de prevención o disimulo de la corporación de tránsito.
En el Bando de Policía y Gobierno desde hace mucho tiempo, concretamente de que su servidor recuerde, publicado en el Boletín Oficial de fecha Jueves 26 de Mayo de l988. En el Articulo 15. - Inciso VIII y XIV, dice: que por acuerdo de Cabildo, todos los ciudadanos tenemos la obligación de tener el frente de nuestros domicilios y banquetas limpios, para el paso de peatones, así como también no contaminar el medio ambiente.
El actual fechado el 29 de Noviembre de 1999 dice. Capitulo IV, Articulo 155. - Son infracciones que afectan la salubridad general del ambiente: 1. - Omitir la limpieza de las calles y banquetas en los frentes de los predios que posean los particulares y en bienes públicos, cuando de manera ostensible ofrezcan mal aspecto en su calle o colonia y que provoque o pueda provocar presencia de basura, genere malos olores o la proliferación de fauna nociva, lo que concretamente corresponde a la Dirección de Salud Pública Municipal. Del mencionado articulo se desprenden 28 incisos que complementan todo lo relacionado con la insalubridad y las vías de los traunsentes.
Lo anterior es parte de la prevención, por lo tanto la policía municipal debe ser más atento en el conocimiento del Bando y su aplicación, para que se proceda como a derecho corresponda.
Es fundamental pensar en aplicar las Leyes existentes no dupliquemos el papeleo tratando de remendar y justificar nuestro trabajo, todo lo supuestamente aprobado ya esta contemplado es cuestión de estudiar no se trata de buscar la manera de lesionar más la escasa economía de las familias.
Son tiempos de apoyo, de amarrarnos el cinturón de que por el momento no exista aumentos en lo más mínimo, seamos justos pensemos en el mañana de nuestros hijos, la falta de pan, de vivienda, trabajo, estudio y tantas necesidades apremiantes. Que nuestros gobernantes se unan a esa necesidad y no se busque la manera de oprimir más a las familias.
Que los funcionarios públicos de primer nivel, de vez en cuando se den una vuelta por la periferia, que se sienten a la mesa de las familias más humildes, haber si les remuerde la conciencia de ver tanta miseria y bajarle un poco a tanto aumento desmedido, que no beneficia en nada, al contrario es el período de sumar no de restar.
Los diferentes Bandos de los Municipios de Estado aplican el mismo tema pero con diferentes artículos e incisos.
Roberto Fleischer Haro egresado de la cuarta generación de la Escuela de Policía. Registro Nacional de Seguridad FEHR440205H26223583 e. Mail rfleischer_44@hotmail.com
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